NORMATIVA DE CERTIFICADO ENERGETIVO
07/06/2021
Norma que obliga a incluir el Certificado Energético en el proceso de venta o alquiler de una propiedad en España
Novedades:
? Anuncios de venta o alquiler: Cualquier publicación o información sobre la venta o alquiler de una propiedad, ya sea en agencias inmobiliarias, vallas publicitarias, páginas web, portales inmobiliarios, catálogos, prensa o similares, es obligatorio incluir su Calificación de eficiencia energética.
? Obra nueva: Para vender o alquilar antes de la finalización de la obra, el vendedor o arrendador debe de presentar la etiqueta de eficiencia energética de proyecto. Asi mismo, facilitará el Certificado Energético de obra terminada cuando se finalice la obra.
? Compraventa: Se debe de presentar el Certificado de eficiencia energética como anexo al contrato de compraventa.
? Alquiler: Se anexará al contrato de alquiler copia del Certificado Energético y se entregará copia del documento de Recomendaciones de uso.